domingo, 22 de noviembre de 2009

El saco sin fondo de la moratoria

La mayoría de las reclamaciones a la nueva ley son parcelas por las que el TSJC ya ha condenado


PEDRO GUERRA / LAS PALMAS DE GRAN CANARIA ¿Es posible que el propietario de un terreno pueda cobrar por dos conceptos diferentes por no permitírsele construir un proyecto urbanístico? Con la moratoria turística en la mano, se puede.

Buena parte de las reclamaciones efectuadas al Gobierno de Canarias la pasada semana, con motivo del cumplimiento del plazo de seis meses que establece la nueva Ley de Medidas Urgentes (moratoria 2) para reclamar compensaciones por la paralización de los proyectos, se corresponden con parcelas de suelo a las que ya se les ha reconocido el derecho a una compensación económica por el TSJC, debido a la Ley de Directrices de Ordenación del Turismo y del Territorio de Canarias (moratoria 1).

La situación es tan caótica para el Ejecutivo regional que a lo largo de la presente semana el presidente Rivero ha dejado caer que la mejor solución sería negociar con los propietarios.

Con la primera Ley en la mano, muchos empresarios acudieron al TSJC para pedir indemnizaciones por la paralización de los proyectos. En al menos media docena de sentencias la Sala ha reconocido el derecho de los propietarios a recibir una compensación económica por el interés legal del valor de los aprovechamientos urbanísticos que la ley paraliza.

En una primera sentencia se tomó como referencia el valor del Euribor, pero posteriormente la doctrina fue modificada y se utilizó el interés legal del dinero. Esas sentencias suman indemnizaciones por valor de cerca de 200 millones de euros.

Ahora, a los seis meses de entrada en vigor de la Ley de Medidas Urgentes, que en teoría se creó para corregir el defecto de las indemnizaciones, los propietarios del suelo se acogen a lo dispuesto en el Artículo 17 del nuevo texto legal para pedir que se les indemnice por los derechos edificatorios que tengan a cambio de ceder el suelo a la comunidad mediante la expropiación. Y esas reclamaciones superan los 800 millones de euros.

Fuente: www.laprovincia.es

2 comentarios:

  1. Muchas parcelas están ya urbanizadas, es decir, son suelo urbano, porque se ha terminado la urbanización con sus servicios correspondientes y otras están ya consolidadas por la edificación, así que en muchos casos no se podrán recamar indemnizaciones.

    Otro asunto fue el que se explicó en clase la pasada semana, que es que, los propietarios, con la ley en la mano y más concretamente con el artículo 17, pueden hacer las reclamaciones al Gobierno de Canarias, pero este puede mover ficha expropiándoles. En ese caso habíamos dicho que los propietarios ante esa situación podrían volver a responder, retractándose en su reclamación, pero sólo si no había comenzado el proceso administrativo.

    De todos modos no acabo de entender la diferencia entre que el gobierno les indemnice y que los expropie, porque al expropiar, también hay una indemnización. Supongo que la expropiación es permanente mientras que la indemnización por reclasificar sus suelos, no conlleva la expropiación de los mismos, los cuales podrán ser reclasificados de nuevo dentro de un período de 5 años.

    Espero que alguien más deje sus opiniones o al menos aclaren esta duda que creo tener, es decir, las indemnizaciones por la reclasificación de urbanizable a rustico son pago que no conllevan la perdida de propiedad por parte del propietario y las expropiaciones serían permanentes aunque las dos conlleven indemnizaciones.

    Otro asunto que se comentó es la categoría de suelo rústico a la que pertenecería este suelo y sería suelo rustico de protección territorial.

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  2. Veo ilógica la Moratoria II en el periodo de crisis que estamos atravesando... es como si el Real Madrid impusiera una "moratoria" que no permitiese jugar a Cristiano Ronaldo y se vieran obligados a indemnizarle, ESTANDO LESIONADO.
    Dudo mucho que los propietarios tuvieran intención de urbanizar (la inversión urbanística a día de hoy es nula; salvo por parte del Gobierno) lo que me lleva a plantear si estos errores tan absurdos y ridículos no serán intencionados.

    Además, al parecer ya han sido indenmizados con la anterior moratoria... veo cierta voluntad de solidarización hacia los Lopesan, Cazorla, étc. Si seguimos así, los propietarios seguirán haciendo uso de su derecho a "no hacer nada" y cobrar indemnizaciones por moratorias y reclasificaciones.

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