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domingo, 22 de noviembre de 2009

El saco sin fondo de la moratoria

La mayoría de las reclamaciones a la nueva ley son parcelas por las que el TSJC ya ha condenado


PEDRO GUERRA / LAS PALMAS DE GRAN CANARIA ¿Es posible que el propietario de un terreno pueda cobrar por dos conceptos diferentes por no permitírsele construir un proyecto urbanístico? Con la moratoria turística en la mano, se puede.

Buena parte de las reclamaciones efectuadas al Gobierno de Canarias la pasada semana, con motivo del cumplimiento del plazo de seis meses que establece la nueva Ley de Medidas Urgentes (moratoria 2) para reclamar compensaciones por la paralización de los proyectos, se corresponden con parcelas de suelo a las que ya se les ha reconocido el derecho a una compensación económica por el TSJC, debido a la Ley de Directrices de Ordenación del Turismo y del Territorio de Canarias (moratoria 1).

La situación es tan caótica para el Ejecutivo regional que a lo largo de la presente semana el presidente Rivero ha dejado caer que la mejor solución sería negociar con los propietarios.

Con la primera Ley en la mano, muchos empresarios acudieron al TSJC para pedir indemnizaciones por la paralización de los proyectos. En al menos media docena de sentencias la Sala ha reconocido el derecho de los propietarios a recibir una compensación económica por el interés legal del valor de los aprovechamientos urbanísticos que la ley paraliza.

En una primera sentencia se tomó como referencia el valor del Euribor, pero posteriormente la doctrina fue modificada y se utilizó el interés legal del dinero. Esas sentencias suman indemnizaciones por valor de cerca de 200 millones de euros.

Ahora, a los seis meses de entrada en vigor de la Ley de Medidas Urgentes, que en teoría se creó para corregir el defecto de las indemnizaciones, los propietarios del suelo se acogen a lo dispuesto en el Artículo 17 del nuevo texto legal para pedir que se les indemnice por los derechos edificatorios que tengan a cambio de ceder el suelo a la comunidad mediante la expropiación. Y esas reclamaciones superan los 800 millones de euros.

Fuente: www.laprovincia.es

jueves, 19 de noviembre de 2009

Rivero negociará no pagar por la segunda moratoria

D. RIVERO/R. ACOSTAEl presidente del Gobierno de Canarias, Paulino Rivero, se mostró ayer tajante al asegurar que su Ejecutivo no va desembolsar "ni un euro" por las reclamaciones que han presentado los empresarios en concepto de indemnizaciones por la segunda moratoria turística. Rivero insistió en buscar la vía de la negociación, el acuerdo y el consenso con los empresarios para evitar el pago de indemnizaciones que quebrarían la Hacienda canaria.

El presidente aseguró que respeta los derechos de los empresarios pero advirtió que "vamos a trabajar sin descanso para no pagar un solo euro de las compensaciones que están exigiendo". Dijo que se van a evaluar "con tranquilidad" si ha existido algún daño económico a los empresarios y afirmó que el Ejecutivo llevará a cabo una defensa "proactiva" de sus intereses frente a las reclamaciones privadas. "No nos vamos a quedar de brazos cruzados a esperar que los tribunales nos condenen a pagar indemnizaciones", aseguró.

En este sentido, las reclamaciones que han presentado las empresas ante la Comunidad Autónoma solicitando ser indemnizadas por no poder edificar en terrenos de uso turístico afectan a un mínimo de 25.000 camas en Gran Canaria, en una extensión total de 1,4 millones de metros cuadrados. Por estas plazas turísticas los empresarios solicitan más de 800 millones de euros de compensación por los derechos urbanísticos consolidados que se han visto frenados por la moratoria que entró en vigor en 2003 y que la Ley de Medidas Urgentes de Ordenación Territorial y del Turismo mantiene cinco años más.

Sin embargo, estas 25.000 camas son sólo una parte de las plazas que se vieron directamente afectadas en 2003 cuando entraron en vigor las Directrices de Ordenación General y del Turismo. En aquel momento los planes sectoriales que estaban sin desarrollar podían albergar a más de 400.000 camas turísticas. De un 'plumazo' el Ejecutivo desclasificó 7.000 hectáreas (70 millones de metros cuadrados) y eliminó la posibilidad de construir cerca de 250.000 plazas en terrenos que sólo disponían de la calificación pero no tenían los derechos urbanísticos consolidados; se dejaron fuera del planeamiento 213 planes sectoriales.

Tras esta actuación del Gobierno quedaron aún terrenos que sí tenían sus derechos y que, según los cálculos realizados por la propia Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, pueden albergar a unas 300.000 camas más. Una parte de este suelo, con proyectos que se vieron interrumpidos cuando ya tenían las licencias y los procedimientos administrativos finalizados, es el que ha acabado en los tribunales mediante una 'cascada' de recursos, varios de los cuales se encuentran recurridos por el Ejecutivo en el Supremo. Más de 100 millones en indemnizaciones se encuentran pendientes.

Con la Ley de Medidas Urgentes de Ordenación Territorial y del Turismo (la segunda moratoria) el Ejecutivo dio seis meses de plazo para que las empresas pudieran reclamar si consideraban que disponían de terrenos en condiciones urbanísticas consolidadas.

martes, 17 de noviembre de 2009

Los obstáculos de la moratoria

Martes 17 de noviembre de 2009. La Provincia.es

Más de media docena de empresas exigen indemnizaciones al Gobierno al prohibírseles edificar

La Comunidad Autónoma se enfrenta a nuevas indemnizaciones multimillonarias que superan los 600 millones de euros como consecuencia de la aplicación de la segunda moratoria, que entró en vigor el pasado mes de mayo. Al menos siete empresas se han acogido a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley de Medidas Urgentes de Ordenación Territorial y del Turismo (que reemplaza a la anterior moratoria) por el que se les reconoce el derecho a indemnización a los titulares de suelo de uso turístico que no se pueda edificar por la moratoria, pero que cuentan con derechos urbanísticos. Sólo Lopesan ha presentado una reclamación de 550 millones de euros.

La ley da seis meses para presentar una reclamación ante la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, plazo que se cumplió el pasado jueves. Empresas como Lopesan (Eustasio López), Seaside (Theo Gerlach), Satocan (Juan Miguel Sanjuán), Puerto Rico SA (Familia Roca) y Santana Cazorla, y otras dos empresas de Tenerife y Fuerteventura, se han acogido a esta alternativa por la que el suelo pasaría a reclasificarse como rústico de protección territorial durante un mínimo de cinco años, a cambio de reconocerles la correspondiente indemnización por los derechos edificatorios que ostenten.

La Consejería de Medio Ambiente, que dirige Domingo Berriel, reconoció ayer la entrada de varias solicitudes de reclamaciones acogiéndose al precepto de la nueva ley pero no concretaron cuántas ni las cantidades que se reclaman con exactitud. Ahora es la Comunidad Autónoma y sus servicios técnicos y jurídicos los que deben analizar la documentación y valorar las indemnizaciones que solicitan algunas de estas empresas, ya que no todas ellas aportan una cantidad determinada o se acogen al derecho a la indemnización, ya que la ley también establece otras dos alternativas en el marco del mismo artículo 17.

Las reclamaciones se han realizado con discreción y utilizando las diferentes vías que ofrece la Administración (entre ellas el correo certificado y con acuse de recibo) para presentar la documentación. Fuentes jurídicas puntualizaron que las empresas han echo uso de un mecanismo que prevé el propio Gobierno en la ley y será a partir de ahora cuanto entre en juego la negociación entre el Ejecutivo y las empresas que han reclamado, la tasación alternativa que realice la Comunidad Autónoma y el uso de la facultad de expropiación o enajenación a terceros que también figura en el artículo de la ley.

Además del derecho a indemnización, el artículo 17 de la Ley de Medidas Urgentes también facilita a los promotores la sustitución de la edificación alojativa por otras destinadas a otros usos vinculados al sector turístico como parques temáticos, actividades culturales, de ocio, de espectáculos, comerciales, deportivas, de restauración u otras similares. En la tercera alternativa figura el posible traslado de ese suelo a otras zonas con el fin de destinarlo a industrias, producción de energía e, incluso, uso residencial, con un 30% como mínimo para viviendas de protección oficial.